Veíamos en la primera parte del artículo que en las cercanías de Gallur se encontraba una excepcional inscripción de bronce de especial interés para los investigadores, por tratarse del texto más completo sobre la irrigación y funcionamiento de los pagos en el mundo del Imperio Romano, materia sobre la que sabemos muy poco. Explicábamos también porqué si en época Antigua se ubicaba en las inmediaciones de nuestro pueblo, había adquirido el nombre de Bronce de Agón. Por último, aclarábamos que el motivo de su redacción fue una disputa entre el pago de los galos y segardinenses y el pago de los belsinonenses por el aprovechamiento de un canal o acequia que bordeaba el Ebro. El bronce contiene, por tanto, una serie de normas de obligado cumplimiento para todos los regantes de la zona. -Si quieres más información, pincha aquí ENLACE DE LA PRIMERA PARTE -. Nos queda por dilucidar qué clase de reglamentos figuraban en esas líneas.
A modo de introducción nos gustaría señalar que nos encontramos con que esas regulaciones entre los regantes eran muy parecidas a las que tienen lugar entre las comunidades agrícolas actuales. Vayamos ahora con el contenido de la inscripción.
En el mundo romano los cargos públicos se elegían cada año, su mandato no duraba más allá de la anualidad y ejercían su cometido en compañía de un igual. Siempre había dos personas ocupando el mismo puesto. Pues bien, en el bronce se nos cuenta que los maestres de estos tres pagos –eran lo más parecido a los alcaldes de los distritos rurales en la actualidad-, en lugar de empezar su mandato a principio del año, en enero, como el resto de cargos públicos; comenzaban en junio. Esto es así porque su primer trabajo como maestre del pago era convocar una asamblea de regantes para decidir cuándo era oportuno cortar el agua del canal para limpiarlo de manera colectiva, fecha que debía ser anterior al 15 de julio, ya que es entonces cuando baja al mínimo el caudal del Ebro, se acaba el período de regadío de los cereales y empieza el de la vid y el olivo.
Las decisiones que los maestres tomaban relacionadas con los regadíos de la zona, se debían tomar tras convocar una asamblea de regantes, en la que se fijaban las principales obligaciones, trabajos y contribuciones en dinero de cada miembro. Las cantidades que cada particular debía pagar, así como sus obligaciones y trabajos, dependían de la cantidad de agua que disfrutaran. Los mayores propietarios que usaban una mayor cantidad de agua, contribuían más y a cambio, su peso en la asamblea también era mayor que el de los pequeños propietarios, que estaban sujetos a menores obligaciones.
Los maestres de los pagos podían imponer multas a quienes infringieran lo acordado en la asamblea de regantes o a quien no pagara a tiempo lo que debía por el disfrute de las aguas. El dinero de las multas iba a parar a una caja común y se encargaban de su recaudación los publicanos –eran los banqueros de la época-. El infractor tenía cinco días para pagar la multa, transcurridos los cuales, los publicanos tenían derecho a embargar sus propiedades.
Si uno de los miembros de la comunidad estaba ausente en la asamblea, debía ser informado de sus obligaciones o bien en su domicilio, o bien por medio de uno de sus esclavos. Se contempla la posibilidad de que se le impusiera una multa a un particular que no hubiera sido bien informado. En ese caso, el contrayente de la multa podía solicitar un juicio que debía resolverse en cinco días al duunviro –lo más parecido a un alcalde de una ciudad en nuestros días- de la ciudad de la cual dependía jurídicamente su pago. Si era habitante del pago de los Galos o del pago de los Segardinenses, debía solicitar el juicio a Caesaraugusta –actual Zaragoza-; y si lo era del pago de los Belsinonenses a Cascantum –actual Cascante-.
Todo esto nos indica que había grandes plantaciones con esclavos, cuyos propietarios residían en Caesaraugusta o Cascantum y que exportaban sus producciones agrícolas desde la zona hasta las dos urbes mencionadas anteriormente, utilizando el río Ebro como una autopista por la que circulaban sus mercancías por barco.
BIBLIOGRAFÍA
- Beltrán Lloris, F.; “El bronce de Agón” en Aragón Antiguo: fuentes para su estudio, Departamento de Ciencias de la Antigüedad, Universidad de Zaragoza, 2012, pp. 356-369.
Santiago Navascués Alcay.
Lcdo. en Historia por la Univ. de Zaragoza.